Abanca firma en disconformidad dos actas de Hacienda por el impuesto a la banca y las recurre en vía administrativa
Abanca ha firmado en disconformidad dos actas de inspección levantadas por la Agencia Tributaria por el impuesto temporal a la banca correspondiente a los ejercicios 2024 y 2025, y ya las ha recurrido en vía administrativa. Así lo revela la propia entidad en su informe anual de resultados de 2025, en un movimiento que se suma a la ofensiva que el sector financiero viene manteniendo contra este gravamen.

Dos actas firmadas en disconformidad
Según consta en la memoria anual de Abanca, la entidad recibió en enero de 2024 y en mayo de 2025 la comunicación del inicio de actuaciones de comprobación e investigación del gravamen temporal de entidades de crédito para los ejercicios 2024 y 2025, respectivamente. Fruto de esas actuaciones, Hacienda incoó sendas actas de inspección que la entidad ha firmado en disconformidad y que, acto seguido, ha recurrido en vía administrativa ante la propia Agencia Tributaria, que es el organismo que gestiona la recaudación de este impuesto.
El banco presidido por Juan Carlos Escotet aprovecha además su informe anual para precisar que el efecto de esas actas ya ha sido registrado en sus cuentas, sin que hayan supuesto un importe material para la comprensión de los estados financieros en su conjunto correspondientes a 2025. Con este movimiento, Abanca se suma a la oleada de recursos contra el impuesto impulsada por el sector financiero, que en su día ya puso en cuestión la constitucionalidad del gravamen.
El impuesto a la banca, un gravamen del 4,8%
El impuesto a la banca fue establecido por el Gobierno en diciembre de 2022 mediante la ley que creó los gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito, junto con el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas. El gravamen se aplica a aquellas entidades de crédito que operan en territorio español y cuya suma de ingresos por intereses y comisiones del año 2019 sea igual o superior a 800 millones de euros.
El tipo impositivo es del 4,8% sobre la suma del margen de intereses y los ingresos y gastos por comisiones de las entidades financieras. El importe satisfecho no es deducible en el Impuesto sobre Sociedades, está gestionado por la Agencia Tributaria e incluye un pago anticipado en febrero y la liquidación final en septiembre de cada año. Inicialmente, el gravamen estaba previsto para los años 2023 y 2024, pero el Ejecutivo lo prorrogó a los ejercicios posteriores, lo que ha alargado el período de controversia.
El impacto en las cuentas de Abanca
Donde sí se deja ver el efecto del impuesto a la banca es en la cuenta de resultados de Abanca correspondiente a 2025, la misma que refleja un beneficio de 902 millones de euros y una rentabilidad superior al 15%. En esa cuenta, que detalla un beneficio antes de impuestos (BAI) de 978,6 millones, con un crecimiento cercano al 5%, se anota en el apartado de impuestos y otros unos 76,1 millones de euros.
Abanca aclara que la aportación al gravamen temporal de entidades de crédito y establecimientos financieros se registró en 2025 en ese epígrafe, frente a lo que se hacía en otros ejercicios, sin ofrecer más detalles. El banco no menciona expresamente el procedimiento administrativo ni los recursos planteados contra las actas en el informe de revisión limitada y de gestión correspondiente al primer semestre de este año, hasta el 30 de junio.



