La Xunta externaliza el control de las autorizaciones ambientales a una UTE vinculada a Greenalia y Naturgy
La Consellería de Medio Ambiente ha adjudicado por 874.849 euros a la UTE formada por SGS Tecnos SAU y Acivro Consultoría de Medioambiente SL el servicio de asistencia técnica para el seguimiento y control de las autorizaciones ambientais integradas (AAI). Las dos compañías acumulan una larga relación profesional con las eólicas Greenalia y Naturgy, lo que ha despertado dudas jurídicas sobre la externalización de funciones públicas.

Un contrato de 874.849 euros para suplir la falta de medios
La Consellería de Medio Ambiente formalizó el pasado 26 de julio un contrato de servicios con la UTE SGS Tecnos SAU y Acivro Consultoría de Medioambiente SL por un importe de 874.849 euros y una duración de tres años, prorrogables por dos más. El objeto del contrato es el "servizo de apoio técnico, asesoramento e análise especializada da documentación técnica derivada dos seguimentos das autorizacións ambientais integradas (AAI)".
Según consta en el expediente, la Xunta justifica esta externalización porque la Dirección Xeral de Calidade Ambiental e Sustentabilidade "carece dos medios persoais e técnicos propios para poder levar a cabo este servizo", y defiende que "para a avaliación da documentación relativa aos seguimentos das autorizacións ambientais integradas é imprescindíbel dispor dun equipo especializado en tarefas e traballos de análise".
La relación de la UTE con Greenalia y Naturgy
La UTE adjudicada no es ajena al sector eólico. SGS Tecnos es una multinacional francesa con sede en Suiza, presente en el Estado desde hace cerca de un siglo, que presta servicios a fabricantes y promotores de parques eólicos. Forma parte de la Asociación Empresarial Eólica (AEE) y cuenta entre sus clientes con algunas de las energéticas más relevantes del mercado español.
Acivro Consultoría de Medioambiente, con sede en Redondela, está administrada por Miguel Ángel Caruncho Campanario, también presidente de la Asociación de Construtores de Pontevedra. Su relación con Greenalia viene de antiguo: en 2018 elaboró el estudio de impacto ambiental del parque eólico de Miñón, en Vimianzo, y después se encargó del seguimiento de las obras y del cumplimiento de las medidas ambientales de esa instalación. También ha realizado para la compañía de Manuel Pardo estudios de impacto de las líneas de alta tensión de Campelo-Mesón do Vento y Ourol-Viveiro, así como el estudio de sombras y parpadeos del parque Alto da Croa II.
Naturgy también ha contratado los servicios de Acivro para los estudios preoperacionales y el seguimiento de las obras de diversos parques eólicos en la provincia de Lugo y A Coruña, entre ellos Monte Tourado, Pena Forcada, Pastoriza, Monciro y Serra do Punago-Vacariza. Estas instalaciones suman unos 54 aerogeneradores y una potencia cercana a los 200 MW.
La Xunta niega cesión de potestades públicas
Fuentes de la Consellería de Medio Ambiente consultadas defienden que el contrato "ten por obxecto exclusivamente a prestación dun servizo de asistencia e apoio técnico especializado", y que "en ningún caso supoña a atribución a empresas privadas de potestades públicas ou funcións reservadas á Administración". Añaden que los pliegos incluyen "un réxime de incompatibilidades".
Sobre el posible conflicto de interés, las mismas fuentes sostienen que "os parques eólicos non están sometidos ao réxime de autorización ambiental integrada (AAI), polo que os traballos de asesoramento ambiental aos promotores destes proxectos non gardan relación co obxecto deste contrato". No obstante, la obtención de una AAI es un paso crítico para proyectos como la planta de celulosa de Altri en Palas de Rei.
Desde la UTE adxudicataria no se obtuvo respuesta a las preguntas de este medio.
Dudas jurídicas sobre la externalización
Fuentes jurídicas consultadas cuestionan la legalidad de esta contratación. Apuntan que "a externalización de funcións propias do persoal ao servizo das administracións públicas vulnera o artigo 308.2 da Lei de contratos do sector público", que impide instrumentar la contratación de personal a través de contratos de servicios.
Además, recuerdan que la Ley de contratos del sector público establece que "non poderán ser obxecto destes contratos os servizos que impliquen exercicio da autoridade inherente aos poderes públicos", y que el artículo 9.2 del Estatuto básico del empleado público reserva a los funcionarios "o exercicio das funcións que impliquen a participación directa ou indirecta no exercicio das potestades públicas ou na salvagarda dos intereses xerais do Estado e das administracións públicas".



